¿Qué debe contener su receta para poder surtir medicamentos de control especial?
Lo que debe tener su receta para recibir sus medicamentos sin complicaciones
En Farmacia Vilamed, sabemos que su salud y la de sus seres queridos es lo más importante. Cuando se trata de medicamentos de control especial (fracción I, II y III), cada detalle cuenta para garantizar que recibas el tratamiento que necesitas de forma segura y confiable. Queremos acompañarte en cada paso del trayecto.
Por esto, le explicamos los elementos indispensables que su receta médica debe incluir para ser surtida sin contratiempos, tome nota:
Receta médica especial con código de barras para medicamentos Fracción I

- Número de folio del recetario autorizado por la Secretaría de Salud
- Los datos del médico están incluidos en el código bidimensional.
a) Nombre del Médico
b) Cédula profesional
c) Especialidad y cédula profesional correspondiente
d) Domicilio y teléfono - Fecha de prescripción. Requisito que determina la vigencia de la receta, la cual es 30 días a partir de la fecha de emisión.
- Datos del paciente.
a) Nombre completo
b) CURP (opcional)
c) Domicilio
d) Diagnóstico - Datos del medicamento:
a) Denominación genérica y en su caso, denominación distintiva
b) Cantidad de piezas. No mayor a las necesarias por cumplir los días indicados por el médico
c) Presentación. Concentración y forma farmacéutica
d) Dosificación
e) Duración del tratamiento. No debe ser mayor a 30 días.
f) Vía de administración (evitar abreviaturas) - Firma autógrafa del médico. La firma y lo escrito en esta receta deberá estar del mismo color de tinta sin tachas ni enmendaduras.
Algunas características de surtido son:
- Se solicita una identificación oficial del usuario.
- La receta deberá tener una vigencia no mayor a 30 días a partir de la fecha de prescripción.
- Se retiene la receta original y se entrega la copia al solicitante.
La cantidad de piezas a surtir será de acuerdo con la indicación médica y farmacopea.
Receta médica ordinaria para medicamentos Fracción II y III

- Datos del médico. Debe llevar impreso el nombre del médico, número de cédula profesional emitida por la dirección general de profesiones y , si cuenta con una especialidad, la cédula respectiva, nombre de la institución que emitió su título, domicilio completo del médico y número telefónico.
Cuando la receta lleve impresos los datos de varios médicos, deberán señalarse claramente los correspondientes al médico prescriptor e incluir su firma
- Fecha. Requisito que determina la vigencia de la receta
- Nombre y edad del paciente. Datos útiles para evitar la posible confusión con medicaciones destinadas a otra persona.
- Datos del medicamento:
a) Denominación genérica y denominación distintiva. Debe especificarla el médico prescriptor, como también anotar la presentación, dosis y vía de administración del medicamento .
b) Presentación. Forma farmacéutica y concentración
c) Cantidad. En el caso de medicamentos Fracción II no se puede surtir más de 2 piezas por receta
d) Frecuencia y duración del tratamiento. Se deben evitar las abreviaturas para prevenir errores de interpretación. En un tratamiento crónico, de más de seis meses, el médico podrá indicarlo en la receta. - Firma autógrafa del médico. En los recetarios de las instituciones públicas, estos datos podrán ser manuscritos o imprimirse con sello con tinta indeleble.
- Se solicita identificación oficial, un número de teléfono y firma del usuario.
- Receta de medicamentos fracción II su vigencia es 30 días posteriores a partir de la fecha de emisión, mientras que para fracción III , la vigencia de la receta es de 180 días a partir de la fecha de emisión.
- Los datos del médico debe estar impreso, para una institución pública, encaso e no estarlo, será válida si incluye el sello de la institución que lo emite.
- En el caso de medicamentos fracción II, se puede surtir hasta 2 piezas del mismo medicamento por paciente y solo podrá surtirse 1 vez durante los 30 días de vigencia.
- Datos del médico. Debe llevar impreso el nombre del médico, número de cédula profesional emitida por la dirección general de profesiones y si cuenta con una especialidad, la cédula respectiva, nombre de la institución que emitió su título, domicilio completo del médico y número telefónico.
- Fecha de emisión de la receta. La receta debe surtirse únicamente dentro del tiempo de duración del tratamiento indicado. No se surtirán recetas que no especifiquen la duración.
- Nombre y edad del paciente.
- Datos del medicamento:
a) Denominación genérica y denominación distintiva
b) Presentación. Forma farmacéutica y concentración
c) Cantidad.
d) Frecuencia y duración del tratamiento. Se deben evitar las abreviaturas para prevenir errores
e) Indicaciones para la administración del medicamento - Firma del médico.
Receta médica ordinaria para Antibióticos

Características de surtido:
- La receta deber surtirse dentro del tiempo de duración del tratamiento indicado. No se surtirá recetas que no especifiquen la duración del tratamiento.
- Siempre que se surte el antibiótico, se deberá sellar la receta e indicar en ella la cantidad vendida y la fecha de venta.
- Al momento de agotarse la cantidad de antibiótico prescrita, su receta quedará retenida en farmacia. Su farmacéutico le informará para que tome nota de las indicaciones del médico o conserve una copia.
Somos sus aliados farmacéuticos, y queremos estar a su lado brindándole la confianza y seguridad que merece en cada visita a nuestra farmacia.
Al asegurarte de que su receta médica cumple con estos requisitos, nos ayuda a ofrecerle un servicio ágil, responsable y en cumplimiento con las normativas de salud.
Cuidar de su salud, es nuestra misión.